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29/10/2008  

El Ministerio atiende la petición de AEA sobre los “guardias dormidos”

Desde mañana cientos de Ayuntamientos pueden ser sancionados por no adaptar
los reductores de velocidad a la nueva normativa de Fomento

Madrid, 29 octubre. (AEAPress).- Mañana entra en vigor la nueva normativa sobre instalación de reductores de velocidad y bandas transversales  de alerta ( más conocidos como “guardias dormidos”), que ha sido aprobada recientemente por el Ministerio de Fomento, según informa la organización de defensa de los conductores AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA).

Hasta ahora no existía una legislación especifica, a nivel nacional, que regulara este tipo de elementos. Por esa razón cientos de ayuntamientos los habían instalado a su libre albedrío, convirtiéndose, muchos de ellos, en verdaderos obstáculos, muy peligrosos para los automovilistas.

guardias dormidos

Desde hace más de siete años, AEA ha venido reclamando a Fomento la elaboración de esta normativa para acabar con la situación de “alegalidad” que existía en nuestro país, respecto de la instalación de reductores de velocidad cada vez más frecuentes en nuestras calles y carreteras, muchos de ellos incompatibles con la seguridad  de los conductores y de los vehículos.

Cientos de ayuntamientos podrían ser sancionados

Por esa razón, AEA ha valorado muy positivamente la medida recién aprobada por el Ministerio de Fomento que, sin duda, supone un importante avance en la seguridad vial, sin embargo ha advertido que “cientos de ayuntamientos podrían ser sancionados a partir de mañana si no adaptan urgentemente los reductores de velocidad actualmente instalados a la nueva legislación”.

Según aclara el presidente de AEA, Mario Arnaldo “el art. 5 del Reglamento General de Circulación convierte en obstáculos prohibidos los resaltos en pasos de peatones y las bandas transversales que no cumplan con la normativa básica del Ministerio de Fomento”.

¿Qué es un “guardia dormido”?

Los “guardias dormidos” son obstáculos físicos que se colocan en la calzada con el fin de obligar a los conductores a reducir la velocidad. El modelo aprobado por Fomento consiste en un plataforma trapezoidal de 10 centímetros de altura como máximo, construida en hormigón o material asfáltico, con un máximo de 4 metros de largo y unas rampas de subida y bajada de entre 1 y 2,5 metros, dependiendo del límite de velocidad existente (1 metro para límites de 30 Km.; 1,5 mts. para 40 Km. y 2,5 mts. para velocidades de 50 Km.).

La nueva norma regula exhaustivamente todos los aspectos que pueden afectar a este tipo de elementos de seguridad como ubicaciones permitidas, señalización, iluminación, geometría, diseño, etc.

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