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28/11/2007  

Importante precedente judicial promovido por los servicios jurídicos de AEA en defensa de los legítimos derechos de uno de sus socios

La Administración es responsable de los accidentes causados por la existencia de placas de hielo en la calzada
El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León otorga una indemnización de más de 16.000 euros a un automovilista al que inicialmente la Guardia Civil atribuyó la responsabilidad de su propio accidente.
Sentencia Hielo

Madrid, 28 Nov. (AEAPress).- Una reciente sentencia dictada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha condenado a la Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León a indemnizar a un automovilista con más de 16.000 euros, más los intereses legales, por las lesiones y daños causados en su vehículo como consecuencia de un accidente ocurrido el día de Nochebuena de hace nueve años debido a la existencia de una placa de hielo de 72 metros de longitud en la carretera autonómica BU-550 a su paso por el término municipal de Rio de Losa (Burgos), según informa la organización de defensa del automovilista afectado AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA).

Inicialmente la Guardia Civil atribuyó la culpa al conductor

Según se recoge en la sentencia, la Administración se opuso inicialmente a la reclamación realizada especialmente porque el atestado instruido por la Guardia Civil sobre la causa del accidente indicaba que “éste se produjo cuando el conductor, debido a las curvas y al estado de la vía –con limitación de velocidad genérica de 50 km/h-, mojado y con placas de hielo a causa de las bajas temperaturas y a la humedad ambiental, decidió hacer uso del sistema de frenado del vehículo, perdiendo el control de la dirección, saliéndose por el margen derecho de la calzada y chocando contra un muro de hormigón existente”.

Sin embargo, tal argumento fue rechazado de plano por los servicios jurídicos de AEA, que desde el primer momento atribuyeron la causa del accidente al mal estado de conservación de la vía y a la falta de señalización de las placas de hielo existentes en la calzada.

La Administración abdicó de la vigilancia

Según consta en la reclamación planteada por AEA “el riesgo inherente  a  la  utilización de la vía rebasó  los límites  impuestos por  los  estándares de seguridad exigibles  conforme a  la  conciencia  social, creándose por  la deficiente actuación  de  la Administración, una situación objetiva de  riesgo para  los  usuarios de  la  vía que éstos  no  estaban obligados a  soportar”.

Y ha sido precisamente este razonamiento el determinante para que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya podido apreciar la existencia de una responsabilidad de la Administración y a estimar quedifícilmente pudo el conductor evitar, ante la presencia inesperada de tan inmensa placa de hielo, la pérdida del control de su vehículo”.

Tal y como se recoge en la sentencia “debe destacarse que aunque no nos encontramos ante una vía publica rápida o que forme parte de la red principal, tampoco se trata de una carretera local, sino de titularidad y ámbito autonómico; y que la aparición de hielo en esas fechas era plenamente previsible para la Administración, la que de hecho actuó el día anterior pero inexplicablemente, abdicó de la vigilancia el día del accidente pese a la alta probabilidad de heladas, luego confirmadas, y de la concurrencia en el tramo de una especial peligrosidad dada la trazada descendente, sombría y curva con escasa visibilidad, y carente de señalización sobre peligro de heladas”.

Todo lo cual conlleva la apreciación de responsabilidad patrimonial de la Administración demandada y el pago de una indemnización de 16.368,04 €, más los intereses legales desde el 30 de abril de 2002.

 

Para el presidente de AEA, Mario Arnaldo, “esta sentencia supone un importantísimo precedente judicial al restablecer un legítimos derecho de los automovilistas que había sido lesionado y porque clarifica la verdadera causa de muchos de los accidentes, que si bien inicialmente se atribuyen a la imprudencia de los conductores, en muchas ocasiones se debe a la falta de diligencia de la Administración en el cumplimiento de sus obligaciones”.

Campañas de vialidad invernal

Sentencias como la ahora dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León vuelven a cuestionar la eficacia de los sistemas de vialidad invernal utilizados por las distintas administraciones públicas.

Precisamente ayer el subsecretario del Ministerio del Interior, Justo Zambrana, presentó la campaña de vialidad invernal para este año, y como novedad anunció que la Unidad Militar de Emergencias (UME) participará este año, por primera vez, en la campaña de nevadas, cuando las circunstancias lo exijan y en apoyo a los medios del Estado y de las comunidades autónomas.

Sin embargo, AEA considera que no se está invirtiendo lo suficiente en mejorar la actuación preventiva de los servicios de vialidad invernal mediante la utilización de avanzados sistemas de información meteorológica vial  (SIMV).

Es necesario tomar la temperatura a la carretera

Los SIMV son un conjunto de equipos y técnicas que facilitan en tiempo real a la Administración información precisa sobre el estado de las carreteras, a fin de adoptar las medidas preventivas y curativas que eviten la formación de hielo y la acumulación de la nieve, así como para advertir de otras circunstancias meteorológicas adversas como lluvia, niebla, etc.

“En caso del hielo y la nieve –señala el presidente de AEA, Mario Arnaldo- es necesario conocer en cada momento la temperatura del pavimento, entre otros datos, a fin de saber en qué puntos concretos de la vía, en qué momento y qué tipo de fundente es necesario echar en la carretera para evitar la congelación.”

A juicio de AEA, con una gestión adecuada de los datos metereológicos y del estado real de los pavimentos puede actuarse con mucha más precisión en la carretera, distribuyendo los recursos allí donde realmente se necesitan, y reduciendo al máximo los tiempos de intervención.

Se podrían ahorrar 170 víctimas al año

“En los países donde se han desarrollado sistemas de información meteorológica vial (SIMV) –concluye Arnaldo- no sólo se han reducido en un 75% los tiempos invertidos en operaciones de vialidad invernal, sino que se han conseguido reducir los índices de accidentalidad por efecto de la meteorología adversa entre un 70 y un 85%. Y eso, trasladado a nuestro país, podría suponer una reducción de unas 170 víctimas de la carretera  al año. Víctimas que como el caso de Burgos, se podrían haber evitado si en España invirtiéramos más en prevención.”.

 

Documentación:
 Descargue la Sentencia íntegra (archivo PDF - 2 Megas)


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