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20/07/2007  
AEA pide al gobierno español que actualice el baremo de indemnizaciones para las vÍctimas del tráfico
AEA Considera que si no se triplican las actuales indemnizaciones, la reforma publicada hoy en el BOE de elevar a 70 millones de euros por siniestro la cobertura del seguro obligatorio quedaría en un mero “espejismo jurídico”



La organización de defensa de los automovilistas, AUTOMOVILISTAS EUROPEOS ASOCIADOS (AEA) ha advertido en una nota hecha pública esta mañana “que si no se actualiza el baremo español que fija las indemnizaciones para las víctimas y perjudicados de accidentes de tráfico, la medida publicada hoy en el BOE - y con entrada en vigor el próximo 1 de enero de 2008- de elevar a 70 millones de euros por siniestro la cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil del automóvil se quedaría en un mero espejismo para las miles de víctimas de la carretera y sus familias, que seguirían cobrando unas indemnizaciones mezquinas”.

Adaptación a la normativa comunitaria

Esta advertencia de AEA se produce ante la evidencia de que efectivamente el gobierno español ha incorporado al Derecho español las prescripciones establecidas en la Directiva comunitaria de 11 de mayo de 2005 relativa al seguro de responsabilidad civil derivada de la circulación de vehículos a motor (en adelante Quinta Directiva del Seguro de automóviles) – entre las que se encuentra la elevación a un mínimo de millón de euros la cobertura mínima del seguro-, pero no ha modificado a la vez la legislación nacional que contempla las concretas indemnizaciones que una víctima de un accidente de tráfico puede cobrar como máximo en España, y que en nuestro país actúa de barrera legal, al ser de aplicación obligatoria por los jueces y tribunales españoles

Las víctimas cobrarán lo mismo, pero el seguro costará más

Para explicar esta situación, AEA pone como ejemplo el caso de un padre de familia de 50 años, casado y con tres hijos menores que falleciera en accidente de tráfico al ser atropellado por un automovilista.

Con la actual legislación, la viuda cobraría 99.222,70 €, y cada uno de los hijos 41.342,79 €:. En total las víctimas cobrarían 223.251,07 €.

“Pues bién – según denuncia AEA- con el cambio aprobado de elevar las indemnizaciones a 70 millones de euros a partir del próximo 1 de enero, los perjudicados cobrarían exactamente lo mismo, es decir 223.251,07 €,  si bien el seguro le va a costar más caro a los más de 27 millones automovilistas españoles por el hecho de haber elevado la cobertura mínima del seguro de 350.000 a 70 millones de euros que había exigido la UE”.

Espejismo jurídico

“De esta forma –aclara el Presidente de AEA, Mario Arnaldo- el gobierno español cubre el expediente de cara a las autoridades europeas al elevar la cuantía mínima de cobertura del seguro del automóvil, pero a las víctimas de accidentes de tráfico las aseguradoras les seguirían pagando las mezquinas indemnizaciones contempladas en el baremo español, que constituyen un tope indemnizatorio y que además en la mayoría de los casos, no llegan a aproximarse, ni por casualidad, al límite del millón de euros previsto en la norma comunitaria.”

“Y esto -a juicio de Arnaldo- constituye una ficción o una especie de espejismo jurídico que no se merecen las víctimas de los accidentes de tráfico”.

El baremo impide superar el mínimo de cobertura

Según datos de la patronal del sector utilizados por AEA, el 99,89% de los siniestros con daños personales pagados por las aseguradoras españolas en 2004 (último año con datos disponibles) han tenido un coste inferior a 300.505 € (ver cuadro con la distribución de costes completa).

Es decir, que el coste de la práctica totalidad de los accidentes con víctimas que se producen en España ni siquiera supera la actual cobertura mínima del seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria, que hoy es de 350.000 € por víctima. Y ello, porque el baremo de indemnizaciones que existe en España –a diferencia del resto de países europeos- impide que ningún juez o tribunal puede fijar legalmente cantidades superiores a las establecidas en dicho baremo. Y que como puede comprobarse sólo en el 0,14% de los siniestros se ha superado la cuantía de 300.000 euros.

Por tanto, según AEA “aunque se eleve la cobertura mínima del seguro del automóvil de 350.000 a 70 millones de euros, si no se actualiza el baremo español de indemnizaciones, las víctimas españolas de tráfico seguirán percibiendo las mismas indemnizaciones que hasta ahora, aunque la Unión Europea haya decidido que éstas deben estar mejor protegidas. Y esto es lo que en AEA calificamos de “espejismo jurídico”.

Resto de modificaciones

Respecto del resto de modificaciones contempladas en la ley, AEA las valora muy positivamente y así considera que serán positivas para los asegurados y perjudicados la ampliación del concepto de “estacionamiento habitual” que se hace en la reforma para referirse al territorio del Estado al que corresponda la matrícula -con independencia de que sea permanente o provisional-; la aclaración que se hace de a que país corresponde hacerse cargo de los daños causados por un coche sin matrícula, con una matrícula falsificada, o en trámites de ser importado de otro país; la ampliación de cobertura del consorcio también a los daños materiales cuando en un siniestro provocado por un vehículo sin identificar se hayan indemnizado daños corporales significativos, o la obligación de realizar una oferta indemnizatoria motivada en el plazo máximo de tres meses.


CUADRO I Porcentaje de siniestros con daño corporal, según su coste.
TURISMOS Y FURGONETAS (AÑO 2004)

Hasta 1.500 euros                            

46,93
De 1.500 a 3.005 euros                    13,84
De 3.005 a 6.010 euros                    15,65
De 6.010 a 12.020 euros                  13,81
De 12.020 a 24.040 euros                  6,06
De 24.040 a 60.100 euros                  2,41
De 60.100 a 300.505 euros                1,19
Mas de 300.505 euros                        0,14

CUADRO II Cobertura del seguro de suscripcion obligatoria en Europa
 (cubre sólo los daños causados a terceros. En Euros)  

                   

Daños personales Daños materiales
ALEMANIA
2.556.459  por víctima
7.669.378  por siniestro
511.291 por siniestro
AUSTRIA
1.090.092   1.090.092
BELGICA Ilimitada Ilimitada
(Fuego o explosión:
1.239.467 por siniestro)
CHIPRE Ilimitada      86.715 por siniestro
DINAMARCA 10.590.238 por siniestro 2.144.858 por siniestro
ESLOVAQUIA Ilimitada Ilimitada
ESLOVENIA 143.570 95.579
ESPAÑA
(A partir 1/1/08)

350.000  p/ víctima
70.000.000 p/ siniestro

100.000  p/ siniestro
15.000.000 p/ siniestro

ESTONIA 287.602 por víctima          76.693 por vehiculo
FRANCIA Ilimitada 457.347 por vehículo
FINLANDIA Ilimitada 3.363.758
GRECIA 440.205 100.000
HOLANDA 907.560 907.560
HUNGRIA Ilimitada Ilimitada
IRLANDA Ilimitada 114.276
ITALIA 774.685 por accidente 774.685 por accidente
LETONIA 5.200 5.200

LITUANIA

N/D N/D
LUXEMBURGO Ilimitada Ilimitada
(Fuego o explosión:
1.239.467 por siniestro)
MALTA Ilimitada 116.468 por siniestro
POLONIA 441.785 441.785
PORTUGAL 598.557 por accidente   598.557 por accidente
REINO UNIDO Ilimitada                                             369.521 por siniestro
REP. CHECA 630.671 por víctima 175.186 por siniestro
SUECIA 32.440.147 límite conjunto

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